Relación jurídica en virtud de la cual el acreedor tiene el derecho a exigir del deudor una prestación destinada a satisfacer un interés lícito y, ante el incumplimiento, a obtener forzadamente la satisfacción de dicho interés. Siempre deriva de algún hecho idóneo para producirla, de conformidad con el ordenamiento jurídico. (LEY 26.994. ARTS. 724 y 726)