Consentimiento previo, informado y libre de someterse al uso de técnicas de reproducción humana asistida cada vez cada vez que se procede a la utilización de gametos o embriones con independencia de quién los haya aportado; con posterior protocolización ante escribano público o certificación ante la autoridad sanitaria correspondiente a la jurisdicción. (LEY 26.994. ARTS. 560, 561 y 562)