Glosario VUCE

PERMISIONARIOS DE DEPÓSITOS FISCALES

 El/los permisionario/s de los depósitos fiscales son los únicos habilitados para la administración y explotación del lugar autorizado, pudiendo contratar los servicios necesarios a tal efecto. Cuando los permisionarios son personas de existencia ideal, el objeto social de las mismas deberá involucrar el desempeͱo de la actividad comercial del depositario, cuando se trate de depósitos generales. Las condiciones en las cuales son almacenadas las mercaderías en los depósitos habilitados, deben ajustarse a lo establecido expresamente por la autoridad municipal o equivalente en la constancia de habilitación que extienda a tal efecto.

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