{"tema_id":"71","string":"INFORMACI\u00d3N PRIVILEGIADA","created":"2018-02-06 15:05:08","code":null,"notes":[{"@type":"Definition note","@lang":"es","@value":"Toda informaci\u00f3n no disponible para el p\u00fablico cuya divulgaci\u00f3n podr\u00eda tener significativa influencia en el mercado de valores. CP, Art. 77. OBSERVACIONES: Es la informaci\u00f3n a la que se tiene acceso reservadamente con ocasi\u00f3n del desempe\u00f1o de un cargo o del ejercicio de una actividad y que, por su relevancia para la cotizaci\u00f3n de los valores, es susceptible de ser utilizada en provecho propio o ajeno. "},{"@type":"Fuente","@lang":"es","@value":"C\u00d3DIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO PRIMERO; T\u00cdTULO XIII; ART. 77 "},{"@type":"Nota Aclaratoria","@lang":"es","@value":"Informaci\u00f3n reservada a ciertas personas, que es relevante para la cotizaci\u00f3n de valores y por eso podr\u00eda usarse en favor propio o perjuicio ajeno.\u00a0 "}]}