{"tema_id":"6","string":"ABORTO CON CONSENTIMIENTO SEGUIDO DE MUERTE","created":"2018-02-06 15:05:08","code":"CP.085.0.00.02.02","notes":[{"@type":"Definition note","@lang":"es","@value":"Delito que se concreta cuando se interrumpe voluntariamente un embarazo fuera de lo permitido por la ley con consentimiento de la mujer quien muere por el hecho. CP, Art. 85 "},{"@type":"Fuente","@lang":"es","@value":"C\u00d3DIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; T\u00cdTULO I; CAP\u00cdTULO I; ART. 85 "},{"@type":"Nota Aclaratoria","@lang":"es","@value":"Interrupci\u00f3n voluntaria de un embarazo fuera de lo que la ley permite realizada con la conformidad de la mujer embarazada, quien muere por el hecho. "},{"@type":"PENAS","@lang":"es","@value":"PENAS: reclusi\u00f3n o prisi\u00f3n de uno a seis a\u00f1os, si obra con consentimiento de la mujer pero seguido de muerte. En caso de m\u00e9dicos, cirujanos, parteras o farmac\u00e9uticos que abusen de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperen a causarlo recibir\u00e1n adem\u00e1s de las penas establecidas la de inhabilitaci\u00f3n especial por el doble de la condena. "}]}