{"tema_id":"475","string":"ABANDONO DE PERSONAS AGRAVADO POR EL V\u00cdNCULO","created":"2018-03-15 05:07:40","code":"CP.107.0.00.00.00","notes":[{"@type":"Definition note","@lang":"es","@value":"Delito que se concreta cuando una persona pone en peligro la vida o la salud de un hijo, un padre o un c\u00f3nyuge, sea coloc\u00e1ndolo en situaci\u00f3n de desamparo, sea abandonando a su suerte a quien es incapaz de valerse y al que deba mantener o cuidar o al quien el mismo autor haya incapacitado. CP, Art. 107 "},{"@type":"Fuente","@lang":"es","@value":"C\u00d3DIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; T\u00cdTULO I; CAP\u00cdTULO VI; ART. 107 "},{"@type":"Nota Aclaratoria","@lang":"es","@value":"Poner en peligro la vida o la salud de un hijo, padre, esposo, esposa o pareja, coloc\u00e1ndolo en situaci\u00f3n de desamparo o abandonando a su suerte a quien es incapaz de valerse y se lo deba mantener o cuidar. "},{"@type":"PENAS","@lang":"es","@value":"PENA: reclusi\u00f3n o prisi\u00f3n\nOBSERVACIONES: ser\u00e1n un tercio mayor seg\u00fan el resultado del delito. "}]}