{"tema_id":"2568","string":"TRATA DE PERSONAS AGRAVADA POR EL V\u00cdNCULO CON LA V\u00cdCTIMA","created":"2018-05-23 11:28:04","code":"CP.145.3.00.06.00","notes":[{"@type":"Definition note","@lang":"es","@value":"Delito contra la libertad que se comete cuando se concreta la captaci\u00f3n, el transporte, el traslado, la acogida o la recepci\u00f3n de una persona con fines de explotaci\u00f3n y el autor del delito es un ascendiente, descendiente, c\u00f3nyuge, af\u00edn en l\u00ednea recta, colateral o conviviente, tutor, curador, autoridad o ministro de cualquier culto reconocido o no, o encargado de la educaci\u00f3n o de la guarda de la v\u00edctima. CP, Art. 145 ter, INC. 6 "},{"@type":"Fuente","@lang":"es","@value":"C\u00d3DIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; T\u00cdTULO V; CAP\u00cdTULO I; Art. 145 TER, INC. 6. "},{"@type":"Nota Aclaratoria","@lang":"es","@value":"Delito de ofrecer, recibir o trasladar a personas para explotarlas que se agrava porque la v\u00edctima es familiar directo o est\u00e1 al cuidado del autor. "},{"@type":"PENAS","@lang":"es","@value":"PENA: prisi\u00f3n de cinco a diez a\u00f1os "}]}