{"tema_id":"239","string":"ABORTO COMETIDO POR PROFESIONAL","created":"2018-03-12 05:04:48","code":"CP.086.0.00.00.00","notes":[{"@type":"Definition note","@lang":"es","@value":"Interrupci\u00f3n voluntaria de un embarazo causada por un m\u00e9dico, cirujano, partero o farmac\u00e9utico que abusa de su ciencia para cooperar o consumar el delito.\u00a0\u00a0CP, Arts. 85 y 86. OBSERVACIONES: El aborto practicado por un m\u00e9dico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible si se realiza para evitar un peligro para la vida o la salud de la madre o si este peligro no puede ser evitado por otros medios. Tampoco se pena si el embarazo proviene de una violaci\u00f3n o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deber\u00e1 ser requerido para el aborto. "},{"@type":"Fuente","@lang":"es","@value":"C\u00d3DIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; T\u00cdTULO I; CAP\u00cdTULO I; ARTS. \u00a085- 86. "},{"@type":"Nota Aclaratoria","@lang":"es","@value":"Interrupci\u00f3n voluntaria de un embarazo causada por un m\u00e9dico, cirujano, partero o farmac\u00e9utico que abusa de su ciencia para cooperar o consumar el delito. "},{"@type":"PENAS","@lang":"es","@value":"PENAS: reclusi\u00f3n o prisi\u00f3n de tres a diez a\u00f1os; inhabilitaci\u00f3n especial. "}]}