{"tema_id":"147","string":"ABANDONO DE PERSONAS","created":"2018-02-28 05:00:05","code":"CP.106.0.01.00.00","notes":[{"@type":"Definition note","@lang":"es","@value":"Delito que se concreta cuando una persona pone en peligro la vida o la salud de otra, sea coloc\u00e1ndola en situaci\u00f3n de desamparo, sea abandonando a su suerte a quien es incapaz de valerse y al que deba mantener o cuidar o al que el mismo autor haya incapacitado. CP, Art. 106, p. 1 "},{"@type":"Fuente","@lang":"es","@value":"C\u00d3DIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; T\u00cdTULO I; CAP\u00cdTULO VI; ART. 106, p.1 "},{"@type":"Nota Aclaratoria","@lang":"es","@value":"Poner en peligro la vida o la salud de una persona, por\u00a0 desamparo, porque se abandona a su suerte a quien es incapaz de valerse y quien deba mantener o cuidar. CP, Art. 106 "},{"@type":"PENAS","@lang":"es","@value":"PENA: prisi\u00f3n de dos a seis a\u00f1os.\n\u00a0\nOBSERVACIONES: La pena ser\u00e1 de reclusi\u00f3n o prisi\u00f3n de tres a diez a\u00f1os, si a consecuencia del abandono resultara grave da\u00f1o en el cuerpo o en la salud de la v\u00edctima; y de reclusi\u00f3n o prisi\u00f3n de cinco a quince a\u00f1os si resultare la muerte. "}]}