{"tema_id":"1030","string":"QUEBRADO CULPABLE","created":"2018-04-11 13:45:02","code":null,"notes":[{"@type":"Definition note","@lang":"es","@value":"Comerciante que causa su propia quiebra, perjudicando con ello a sus acreedores, por sus gastos excesivos con relaci\u00f3n al capital y al n\u00famero de personas de su familia, especulaciones ruinosas, juego, abandono de sus negocios o cualquier otro acto de negligencia o imprudencia manifiesta. CP, Art. 177. "},{"@type":"Fuente","@lang":"es","@value":"C\u00d3DIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; T\u00cdTULO VI; CAP\u00cdTULO V; ART. 177. "},{"@type":"Nota Aclaratoria","@lang":"es","@value":"Comerciante que causa la propia quiebra gastando de m\u00e1s, jugando el capital o descuidando su negocio y con ello perjudica a sus acreedores. CP, Art. 177.\n\u00a0 "},{"@type":"PENAS","@lang":"es","@value":"PENA: prisi\u00f3n de un mes a un a\u00f1o e inhabilitaci\u00f3n especial por cinco a\u00f1os. "}]}