Glosario del Código Penal Argentino

CIBERACOSO SEXUAL INFANTIL

CIBERACOSO SEXUAL INFANTIL

Delito cometido por una persona que contacta a un menor por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, con el propósito de cometer delitos contra la integridad sexual. CP, Art. 131.

CÓDIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; TÍTULO III; CAPÍTULO IV; ART. 131.

Delito de contactar a un menor por medio de comunicaciones electrónicas, mensajes de texto, etc., para cometer delitos contra la integridad sexual.

PENA: prisión de seis meses a cuatro años.

Términos alternativos

Términos genéricos

Términos relacionados

Fecha de creación
21-Mar-2018
Término aceptado
21-Mar-2018
Términos descendentes
0
ARK
ark:/99152/t3r2wd17l0dg0q
Términos específicos
0
Términos alternativos
5
Términos relacionados
1
Notas
4
Metadatos
Búsqueda
  • Buscar CIBERACOSO SEXUAL INFANTIL  (Wikipedia)
  • Buscar CIBERACOSO SEXUAL INFANTIL  (Google búsqueda exacta)
  • Buscar CIBERACOSO SEXUAL INFANTIL  (Google scholar)
  • Buscar CIBERACOSO SEXUAL INFANTIL  (Google images)
  • Buscar CIBERACOSO SEXUAL INFANTIL  (Google books)