Delito que se concreta cuando un miembro de las fuerzas de seguridad, abusando de su cargo, y en ocasión de sus funciones comete un abuso sexual con acceso carnal. CP, Art. 119; Pár. 4 Inc. e, Parte 2
Agresión sexual violenta que se agrava porque la ejerce un miembro de las fuerzas de seguridad, abusando de su cargo. Se caracteriza por la introducción en vagina, ano o boca del órgano sexual masculino; o de miembros corporales u objetos en la vagina o el ano de la víctima.