Glosario del Código Penal Argentino

PROMOCIÓN O FACILITACIÓN DE LA PROSTITUCIÓN AGRAVADA CON INTIMIDACIÓN

PROMOCIÓN O FACILITACIÓN DE LA PROSTITUCIÓN AGRAVADA CON INTIMIDACIÓN

Actos que impulsan la prostitución y que la hacen posible cuando media engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, o concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima. CP, Art. 126, P.1 INC. 1.

CÓDIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; TÍTULO III; CAPÍTULO III; ART. 126, P. 1, INC. 1

Delito de impulsar la prostitución que se agrava si hay  engaño, violencia, amenaza o intimidación, abuso de autoridad o pagos para obtener el consentimiento de una persona con autoridad sobre la víctima. 

PENA: prisión o reclusión de cinco a diez años.

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Fecha de creación
19-Mar-2018
Modificación
04-Abr-2018
Término aceptado
19-Mar-2018
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