Glosario del Código Penal Argentino

ABORTO CON CONSENTIMIENTO

ABORTO CON CONSENTIMIENTO

Delito que se concreta cuando se interrumpe voluntariamente un embarazo fuera de lo permitido por la ley con la conformidad de la mujer embarazada, quien es penada junto con quien lo realiza. CP, Art. 85

CÓDIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; TÍTULO I; CAPÍTULO I; ART. 85

Interrupción ilegal de un embarazo que se realiza con la conformidad de la mujer embarazada, quien es penada junto con quien lo realiza.

PENAS: reclusión o prisión de uno a cuatro años, si obra con consentimiento de la mujer. En caso de médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusen de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperen a causarlo recibirán además de las penas establecidas la de inhabilitación especial por el doble de la condena.

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Fecha de creación
06-Feb-2018
Término aceptado
06-Feb-2018
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