Daño permanente, funcional e irreparable en la salud física o mental que le causa a quien lo recibe una enfermedad, cierta o probablemente incurable, la inutilidad permanente para el trabajo, la pérdida de un sentido, de un órgano, de un miembro, del uso de un órgano o miembro, de la palabra o de la capacidad de engendrar o concebir y que es provocado contra un miembro de las fuerzas de seguridad pública, policiales o penitenciarias, por su función, cargo o condición. CP, Arts. 80; INC. 8; 91 y 92.