Delito contra el orden económico y financiero que se concreta cuando los empleados y funcionarios de instituciones financieras y de aquellas que operan en el mercado de valores insertan datos falsos o mencionan hechos inexistentes, documentan contablemente una operación crediticia activa o pasiva o de negociación de valores negociables u omiten asentar o dejar debida constancia de alguna operación, y lo hacen con el fin de obtener un beneficio o causar un perjuicio, para sí o para terceros. CP, Art. 311.
Delito que cometen los empleados de instituciones financieras cuando modifican datos o mencionan hechos falsos de operaciones crediticias, financieras o bursátiles para beneficiarse o para causar perjuicio a otros.