Glosario del Código Penal Argentino

LAVADO DE ACTIVOS

LAVADO DE ACTIVOS

Delito contra el orden económico y financiero que se concreta cuando una persona convierte, transfiere, administra, vende, grava, disimula o de cualquier otro modo pone en circulación en el mercado, bienes provenientes de un ilícito penal, con la consecuencia posible de que el origen de los bienes originarios o los subrogantes adquieran la apariencia de un origen lícito, y siempre que su valor supere la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000), sea en un solo acto o por la reiteración de hechos diversos vinculados entre sí. CP, Art. 303, inc. 1.

CÓDIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; TÍTULO XIII; Art. 303, inc. 1.

Operaciones y procedimientos por los que bienes de naturaleza delictiva se incorporan y se integran al sistema económico legal con apariencia legítima.

PENA: prisión de tres años y multa

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Fecha de creación
18-May-2018
Término aceptado
18-May-2018
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