Glosario del Código Penal Argentino

DENEGACIÓN DE JUSTICIA

DENEGACIÓN DE JUSTICIA

Delito contra la Administración Pública que se concreta cuando el juez se niega a juzgar so pretexto de obscuridad, insuficiencia o silencio de la ley. CP, Art. 273, Pár. 1.

CÓDIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; TÍTULO XI; CAPÍTULO XI, Art. 273, Pár. 1.

Delito que comete el juez si no cumple con el deber de juzgar con la justificación de que las normas no son claras. 

PENA: inhabilitación absoluta de uno a cuatro años

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Fecha de creación
16-May-2018
Término aceptado
16-May-2018
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