Delito contra la Administración Pública que se concreta cuando un juez decreta prisión preventiva por delito en virtud del cual no proceda o que prolongue la prisión preventiva que, haya agotado la pena máxima que podría corresponder al procesado por el delito imputado. CP, Art. 270.
Delito que comete un juez cuando dicta prisión preventiva para un ilícito al que no le corresponde.