Delito contra la Administración Pública que se concreta cuando una persona asume o ejerce funciones públicas, sin título o nombramiento expedido por autoridad competente. Es decir que por cualquier medio toma posesión efectiva de un cargo público; o realiza actos propios del cargo al que corresponde la calidad función invocada. CP, Art. 246, inc. 1.
Delito de desempeñar un cargo público o funciones del cargo que no le corresponden al reo.