Delito contra la Administración Pública que se concreta cuando una persona desobedece con un acto prohibido o con omisión de un deber establecidos por una instrucción a la población civil para tiempos de guerra y en zona de combate. CP, Art. 240, BIS.
Delito de oponerse a realizar una acción establecida por una instrucción a la población civil para tiempos de guerra y en zona de combate.