[[Delito contra los poderes públicos y el orden constitucional]] que se concreta cuando los miembros del Congreso conceden al Poder Ejecutivo Nacional y los miembros de las legislaturas provinciales conceden a los Gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, la suma del poder público o sumisiones o supremacías, por las que la vida, el honor o la fortuna de los argentinos queden a merced de algún gobierno o de alguna persona. CP, Art. 227.