Glosario del Código Penal Argentino

ABUSO SEXUAL

ABUSO SEXUAL

Delito contra la libertad sexual que se constituye cuando una persona agrede sexualmente a otra menor de trece años o cuando media violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción. CP, Arts. 119-124

CÓDIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; TÍTULO III; CAPÍTULO II; ARTS. 119 A 124

Agresión sexual violenta, distinta del acceso carnal, ejecutada sobre una persona, contra su propio querer consciente. Se caracteriza por:  1) una conducta abusiva de contenido sexual; 2) contacto corporal directo entre el agresor y la víctima; 3) que este contacto corporal afecte las partes sexuales del cuerpo de la víctima; y 4) ausencia de consentimiento en la víctima respecto del acto sexual en que se ve involucrada por la conducta del autor.

Agresión sexual sin consentimiento con contacto corporal directo que afecta las partes sexuales del cuerpo de la víctima. 

 

PENA: prisión o reclusión de seis meses a quince años.

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Fecha de creación
05-Mar-2018
Término aceptado
05-Mar-2018
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