Delito contra la salud pública que se concreta cuando se ocasiona la muerte de una persona o esta sufre lesiones por la venta, suministro, distribución o almacenamiento con fines de comercialización de aguas potables, sustancias alimenticias o sustancias medicinales o mercaderías peligrosas para la salud, disimulando su carácter nocivo; y el hecho es cometido por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo. CP, Art. 203, parte 2.
Delito que comete una persona si almacena para vender, distribuye o vende aguas potables, sustancias alimenticias o sustancias medicinales o mercaderías que son peligrosas; lo disimula, actúa sin tener los cuidados necesarios y provoca muertes o lesiones.