Delito contra la seguridad pública que se concreta cuando una persona, sin crear una situación de peligro común, impide, estorba o entorpece el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas. CP, Art. 194.
Entorpecer el normal funcionamiento de transportes o los servicios públicos de comunicación, agua, electricidad o energía.