Delito contra la seguridad pública que se concreta cuando una persona tiene en su poder, sin autorización legal, materiales o aparatos capaces de liberar energía nuclear, materiales radiactivos o sustancias nucleares, o sus desechos, isótopos radiactivos, materiales explosivos, inflamables, asfixiantes, tóxicos o biológicamente peligrosos, o sustancias o materiales destinados a su preparación; o si no lo puede justificar por razones de su uso doméstico o industrial. CP, Art. 189 bis, INC. 1, PÁR. 3.
Tener armas de fuego, bombas o materiales radioactivos sin autorizacion, para usarlos en delitos que atentan contra la seguridad pública.