Glosario del Código Penal Argentino

LESIONES GRAVÍSIMAS

LESIONES GRAVÍSIMAS

Daño permanente, funcional e irreparable en la salud física o mental de una persona. Este daño causa una enfermedad mental o corporal, cierta o probablemente incurable, la inutilidad permanente para el trabajo, la pérdida de un sentido, de un órgano, de un miembro, del uso de un órgano o miembro, de la palabra o de la capacidad de engendrar o concebir. CP, Art. 91

CÓDIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; TÍTULO I; CAPÍTULO II; ART. 91

Daño permanente, funcional e irreparable en el cuerpo o en la salud de una persona que causa  una enfermedad probablemente incurable, o la inutiliza para para trabajar, o pierde un sentido, un órgano, un miembro, la palabra o la capacidad de concebir.

PENA: reclusión o prisión de tres a diez años.

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Términos relacionados

Fecha de creación
26-Feb-2018
Término aceptado
26-Feb-2018
Términos descendentes
14
ARK
ark:/99152/t31o8qd5onxjw9
Términos específicos
2
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0
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Notas
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