Glosario del Código Penal Argentino

INSOLVENCIA FRAUDULENTA

INSOLVENCIA FRAUDULENTA

Delito contra la propiedad que se concreta cuando el deudor que durante el curso de un proceso o después de una sentencia condenatoria, maliciosamente destruye, inutiliza, daña, oculta o hace desaparecer bienes de su patrimonio o fraudulentamente disminuye su valor, y de esta manera frustra, en todo o en parte, el cumplimiento de las correspondientes obligaciones civiles. CP, Art. 179, pár. 2.

CÓDIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; TÍTULO VI; CAPÍTULO V; ART. 179, pár. 2.

Delito de un deudor que destruye u oculta bienes propios para no cumplir con las deudas. 

PENA: prisión de seis meses a tres años.

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Fecha de creación
11-Abr-2018
Término aceptado
11-Abr-2018
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