Delito contra la Administración Pública que se concreta cuando el juez se niega a juzgar so pretexto de obscuridad, insuficiencia o silencio de la ley; o retarda maliciosamente la administración de justicia después de requerido por las partes y de vencidos los términos legales. CP, Art. 273.
Delito que comete el juez si no cumple con los trámites, los plazos o las resoluciones injustificadamente.