{"tema_id":"45","string":"MENORES","created":"2015-09-16 09:09:37","code":null,"notes":[{"@type":"Nota de alcance","@lang":"es","@value":"Seg\u00fan el C\u00f3digo Civil: Art. 126. Son menores las personas que no hubieren cumplido la edad de DIECIOCHO (18) a\u00f1os. Art. 127. Son menores imp\u00faberes los que a\u00fan no tuvieren la edad de CATORCE (14) a\u00f1os cumplidos, y adultos los que fueren de esta edad hasta los DIECIOCHO (18) a\u00f1os cumplidos. "}]}