{"tema_id":"36","string":"Nulidad de asamblea de accionistas","created":"2015-09-16 09:09:37","code":null,"modified":"2015-10-05 08:46:43","notes":[{"@type":"Nota de alcance","@lang":"es","@value":"Impugnaci\u00f3n de la decisi\u00f3n asamblearia. Titulares. ARTICULO 251.Ley 19.550. Toda resoluci\u00f3n de la asamblea adoptada en violaci\u00f3n de la ley, el estatuto o el reglamento, puede ser impugnada de nulidad por los accionistas que no hubieren votado favorablemente en la respectiva decisi\u00f3n y por los ausentes que acrediten la calidad de accionistas a la fecha de la decisi\u00f3n impugnada. Los accionistas que votaron favorablemente pueden impugnarla si su voto es anulable por vicio de la voluntad. Tambi\u00e9n pueden impugnarla los directores, s\u00edndicos, miembros del consejo de vigilancia o la autoridad de contralor. "}]}