{"tema_id":"24","string":"Subsanaciones","created":"2015-09-16 09:09:37","code":null,"notes":[{"@type":"Nota de alcance","@lang":"es","@value":"Seg\u00fan el diccionario de la Real Academia Espa\u00f1ola \"subsanar\" es reparar o remediar un defecto. Utilizamos este t\u00e9rmino con respecto al tema de la ineficacia y subsanaci\u00f3n de los actos jur\u00eddicos y del documento notarial. Subsanar es excusar, reparar o salvar alg\u00fan desacierto, error, falta, omisi\u00f3n, da\u00f1o, etc. Moreno Rodr\u00edguez, Rogelio. Diccionario jur\u00eddico. Buenos Aires: La Ley, 1998. "}]}