{"tema_id":"220","string":"Uso y goce de la cosa","created":"2015-09-16 09:09:38","code":null,"notes":[{"@type":"Nota de alcance","@lang":"es","@value":"son derechos reales de disfrute los que se ejercen sobre cosa ajena y confieren a su titular facultades de uso y goce sobre ella, mayores o menores, seg\u00fan sea su contenido.\" \"En el art. 2503, nuestro C\u00f3digo admite como derechos reales de disfrute sobre la cosa ajena, el usufructo, el uso, la habitaci\u00f3n y las servidumbres...\" En: Papa\u00f1o, Kiper, Dillon y Causse. Manual de derechos reales. Buenos Aires: Astrea, 2007. "}]}