{"tema_id":"209","string":"USUFRUCTO","created":"2015-09-16 09:09:38","code":null,"notes":[{"@type":"Nota de alcance","@lang":"es","@value":"El art\u00edculo 2807 del C.C. lo define: el derecho real de usar y gozar una cosa cuya propiedad pertenece a otro, con tal de no alterar su sustancia. \"El usufructo (del lat\u00edn uti-frui, es decir usar y gozar -usufructus-) es sin dudas uno de los derechos reales de disfrute sobre cosa ajena de mayor importancia\"  En: Gurfinkel de Wendy, Lilian N. Derechos reales, Tomo II. Buenos Aires: Abeledo Perrot, 2010. ...\"Se est\u00e1 ante el derecho de usar lo ajeno y percibir sus frutos, sin contraprestaci\u00f3n en muchos casos y por una utilizaci\u00f3n temporal, y a lo sumo vitalicia.\" En: Cabanellas, Guillermo. Diccionario enciclop\u00e9dico de derecho usual. Buenos Aires: Heliasta, 1997. "}]}