{"tema_id":"150","string":"COPIAS","created":"2015-09-16 09:09:37","code":null,"notes":[{"@type":"Nota de alcance","@lang":"es","@value":"\"Traslado o reproducci\u00f3n literal, total o parcial, de una escritura o acta matriz con las formalidades legales, por el autor de ella, por aquel en cuyo poder est\u00e1 el protocolo o por los archiveros. Se expiden por el principio de comunicaci\u00f3n mediante cotejo con el original de cuyo contenido dan fe en juicio y fuera de \u00e9l. Su destino es el tr\u00e1fico jur\u00eddico que permite el ejercicio de los derechos inherentes al negocio o al acto jur\u00eddico instrumentados. En algunas legislaciones se la denomina testimonio y tambi\u00e9n entre nosotros, pero err\u00f3neamente.\" En: Gattari, Carlos Nicol\u00e1s. Vocabulario jur\u00eddico notarial. Buenos Aires: Depalma, 1998. Tambi\u00e9n utilizamos el t\u00e9rmino cuando se trate de reproducciones de otro tipo de documentos aunque no sean escrituras. Utilizamos el t\u00e9rmino en plural como sustantivo cuantificable. "},{"@type":"Nota de alcance","@lang":"es","@value":"Ver adem\u00e1s Segundas copias "}]}