<?xml version="1.0" encoding="utf-8"?><metadata xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"  xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xmlns:dcterms="http://purl.org/dc/terms/"><dc:title xml:lang="es">Escribanos públicos</dc:title><dc:identifier>http://vocabularios.saij.gob.ar/escribanosba/skos/238</dc:identifier><dc:language>es</dc:language><dc:publisher xml:lang="es">Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires</dc:publisher><dcterms:created>2015-09-16 09:09:38</dcterms:created><dcterms:isPartOf xsi:type="dcterms:URI">http://vocabularios.saij.gob.ar/escribanosba/</dcterms:isPartOf><dcterms:isPartOf xml:lang="es">Glosario del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires</dcterms:isPartOf><dc:format>text/html</dc:format> <dc:description xml:lang="es"><![CDATA[ Concepto abstracto representante de una clase con más de un miembro. 11/8/2010. Definición: "En la Enciclopedia jurídica Omeba, Carlos Emérito González conceptúa al notario o escribano público como el funcionario público investido por la ley para dar fe de los negocios jurídicos que ante él se celebren; le corresponde estructurarlos jurídicamente dándoles validez formal, para cuyo objeto debe previamente captar los hechos, a través de las manifestaciones de voluntad, adecuándolos a las normas jurídicas valederas. Su misión se completa, además, como profesional del derecho - continúa - en asesorar a los intervinientes, aconsejarles con equidad, sin tomar partido por ninguno sino al servicio de todos, evitando el litigio, buscando la conciliación en las situaciones de disconformidad, con persuasión y no con imposición." En: Gattari, Carlos Nicolás. Abogado, escribano, juez, mediador, registrador. Buenos Aires: Depalma, 1998. ]]> </dc:description></metadata>