<?xml version="1.0" encoding="utf-8"?><metadata xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"  xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xmlns:dcterms="http://purl.org/dc/terms/"><dc:title xml:lang="es">CONVENCIONES MATRIMONIALES</dc:title><dc:identifier>http://vocabularios.saij.gob.ar/escribanosba/skos/144</dc:identifier><dc:language>es</dc:language><dc:publisher xml:lang="es">Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires</dc:publisher><dcterms:created>2015-09-16 09:09:37</dcterms:created><dcterms:isPartOf xsi:type="dcterms:URI">http://vocabularios.saij.gob.ar/escribanosba/</dcterms:isPartOf><dcterms:isPartOf xml:lang="es">Glosario del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires</dcterms:isPartOf><dc:format>text/html</dc:format> <dc:description xml:lang="es"><![CDATA[ "Convención matrimonial, capitulación matrimonial, contrato de matrimonio o convención prenupcial es el acuerdo celebrado entre los futuros cónyuges con el fin de determinar el régimen matrimonial al cual quedarán sometidos, o bien alguno de los aspectos de sus relaciones patrimoniales. Su posible contenido está determinado en cada legislación, según sistemas que varían desde la libertad absoluta hasta la restricción a objetos taxativamente enunciados en la propia ley; existen, además, legislaciones donde estos acuerdos no están permitidos y en las cuales el régimen matrimonial es único e inmodificable. Por el contrario, otras autorizan a celebrar contratos de matrimonio con posterioridad a la celebración de éste, modificando el régimen matrimonial durante la vida conyugal." En: Belluscio, Augusto César. Manual de derecho de familia. Buenos Aires: Abeledo Perrot, 2011. ]]> </dc:description></metadata>