Glosario del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires

ASENTIMIENTO CONYUGAL

ASENTIMIENTO CONYUGAL
Asentimiento: consentimiento que se presta para ejecutar un acto o para la celebración de un contrato. El asentimiento es posterior a una iniciativa ajena; en realidad es adherirse uno a la opinión manifestada por otro. En: Cabanellas, Guillermo. Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual. Buenos Aires: Heliasta, 1981. Ref. al artículo 1277 del Código Civil: Asentimiento conyugal

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Fecha de creación
16-Sep-2015
Término aceptado
16-Sep-2015
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ark:/99152/t367wp579z1do8
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