Todas las fincas deben figurar en los registros y cuando se las inscribe por primera vez se dice que se las matricula. La inscripción es el asiento correspondiente a derechos reales que sólo varía para dar cumplimiento al tracto continuo...García Coni, R.; Frontini, Angel A. Derecho Registral Aplicado. Buenos Aires: Lexis Nexis, 2006.
Algunos autores definen Principio de inscripción o matriculación, como Raúl García Coni y Angel Frontini en su Derecho Registral Aplicado. Buenos Aires: Lexis Nexis, 2006. pero en el uso se verifica que es principio de inscripción la voz más utilizada por los doctrinarios.