La protección que dispensa el registro a quienes tienen derechos inscriptos o anotados significa que nadie puede ser dado de baja de los asientos registrales sin que medie consentimiento, expreso o tácito, o por disposición judicial. García Coni, R.; Frontini, Angel A. Derecho Registral Aplicado. Buenos Aires: Lexis Nexis, 2006.