Se denomina conjuntos inmobiliarios al "tiempo compartido", los "clubes de campo" (countries) y barrios cerrados o privados, los centros de compras y los cementerios privados, todos con un denominador común: la incidencia del derecho público, la privatización de los servicios públicos, la fuerte interrelación personal y la necesaria intervención de mecanismos comunitarios para satisfacer las principales necesidades y cubrir intereses del grupo. Este término se incorporó a partir del CCyCN(Ley 26.994)