"Documentos derivados o traslados, que son los expedidos para que circulen en el tráfico jurídico, a los efectos de acreditar la existencia del original y facilitar el ejercicio de los derechos a que se refieren, y pueden ser: 1. Literales -copias y testimonios- 2. Sintéticos -certificados- y 3. Documentos de administración interna -constancias, índices, comunicaciones, relaciones, que suscriptas por el notario quedan en el archivo de la notaría, en el Colegio de Escribanos o en las reparticiones públicas." En: Etchegaray, Natalio Pedro. Escrituras y actas notariales. Buenos Aires: Astrea, 2010. Clasificación según Larraud en su Curso de derecho notarial. Se está considerando la forma del instrumento no su contenido. 12/8/2013