..."la rescisión bilateral o distracto es el acto jurídico bilateral y patrimonial de carácter extintivo. Constituye, por lo tanto, un acto jurídico mediante el cual se deja sin efecto un contrato que se encuentra en vías de cumplimiento." En: di Castelnuovo, Gastón R. El Distracto: medio inadecuado para bonificar títulos que emanana de una donación (Un tema pendiente). FEN.