Asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en todo lo inherente a las relaciones y condiciones individuales y colectivas de trabajo, al régimen legal de las negociaciones colectivas y de las asociaciones profesionales de trabajadores y empleadores, al empleo y la capacitación laboral, a la seguridad social y, en particular. Ley Nº LEY 22520, Art. 23 conforme al decreto:
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/138140/20151211