Asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en todo lo inherente al financiamiento del Sector Público Nacional, a la preservación del crédito público de la Nación, y a las relacionales financieras con las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ley Nº LEY 22520, Art. 20 QUINQUIES conforme al decreto:
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/157134/20170103