{"tema_id":"4155","string":"Ley Provincial de la Memoria N\u00ba 9286 (C\u00f3rdoba)","created":"2017-02-09 14:33:03","code":null,"notes":[{"@type":"Nota de alcance","@lang":"es","@value":"\n\n\nLa Legislatura de la Provincia de C\u00f3rdoba sanciona con fuerza de\u00a0Ley: 9286\n\u00a0LEY\u00a0 DE\u00a0 LA \u00a0MEMORIA\n\n\n\n\n\n\n\n\n\u00a0\nT\u00cdTULO I\n\u00a0\nARCHIVO PROVINCIAL DE LA MEMORIA\n\u00a0\nCap\u00edtulo I\n\u00a0\nDel Archivo\n\u00a0\nArt\u00edculo 1\u00ba.- Creaci\u00f3n. CR\u00c9ASE el ARCHIVO PROVINCIAL DE LA MEMORIA, como organismo con plena autonom\u00eda funcional y econ\u00f3mica, en el \u00e1rea Ministerial de Justicia del Poder Ejecutivo de la Provincia de C\u00f3rdoba.\n\u00a0\nArt\u00edculo 2\u00ba.- Sede. EL ARCHIVO PROVINCIAL DE LA MEMORIA funcionar\u00e1 en el inmueble donde estaba emplazado el Departamento de Inteligencia de la Polic\u00eda de la Provincia de C\u00f3rdoba conocido como \u201cD-2\u201d, s\u00edmbolo m\u00e1ximo del accionar del terrorismo de Estado, conforme al plano catastral y el croquis que, como Anexos I y II, forman parte de esta Ley.\n\u00a0\nArt\u00edculo 3\u00ba.- Objetivos. SON objetivos del ARCHIVO PROVINCIAL DE LA MEMORIA, entre otros, los siguientes:\n\u00a0\na)\u00a0\u00a0\u00a0 Contribuir a mantener viva la historia contempor\u00e1nea de nuestra Provincia, sus lecciones y legados, en las generaciones presentes y futuras;\nb)\u00a0\u00a0\u00a0 Proveer los instrumentos necesarios para la b\u00fasqueda de la verdad hist\u00f3rica, la justicia y la reparaci\u00f3n social, ante las graves violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales;\nc)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Fomentar el estudio, investigaci\u00f3n y difusi\u00f3n de la lucha contra la impunidad y por la vigencia plena de los derechos humanos y de sus implicancias en los planos normativo, \u00e9tico, pol\u00edtico e institucional;\nd)\u00a0\u00a0\u00a0 Preservar informaciones, testimonios y documentos necesarios para estudiar el condicionamiento y las consecuencias de la represi\u00f3n ilegal y el terrorismo de Estado en la Provincia de C\u00f3rdoba, su coordinaci\u00f3n con provincias vecinas y la Naci\u00f3n y contribuir a la coordinaci\u00f3n regional de los archivos de derechos humanos;\ne)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Desarrollar los m\u00e9todos adecuados, incluida la duplicaci\u00f3n y digitalizaci\u00f3n de los archivos y la creaci\u00f3n de una base de datos para analizar, clasificar y ordenar informaciones, testimonios y documentos, de manera que puedan ser consultados por los titulares de un inter\u00e9s leg\u00edtimo, dentro del Estado y la sociedad civil, en un todo conforme a la Constituci\u00f3n, los instrumentos internacionales de derechos humanos y las leyes y reglamentos en vigencia;\nf)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Coadyuvar a la prevenci\u00f3n de las violaciones de los derechos humanos y al deber de garant\u00eda del Estado en lo que se refiere a la prevenci\u00f3n, investigaci\u00f3n, juzgamiento, castigo y reparaci\u00f3n de las graves violaciones de los derechos y libertades fundamentales;\ng)\u00a0\u00a0\u00a0 Crear un instrumento pedag\u00f3gico id\u00f3neo para hacer realidad el imperativo de \u201cNUNCA MAS\u201d frente a conductas aberrantes, expresado abiertamente por la ciudadan\u00eda al restablecerse las instituciones democr\u00e1ticas despu\u00e9s de la dictadura militar instaurada el 24 de marzo de 1976, y\nh)\u00a0\u00a0\u00a0 Preservar las instalaciones edilicias, que funcionaron como centros clandestinos de detenci\u00f3n o hubieren sido utilizadas por el terrorismo de Estado, garantizando el libre acceso del p\u00fablico como testimonio hist\u00f3rico de ese accionar.\n\u00a0\nArt\u00edculo 4\u00ba.- Funciones. EL ARCHIVO PROVINCIAL DE LA MEMORIA tendr\u00e1 por funciones, entre otras, las siguientes:\n\u00a0\na)\u00a0\u00a0\u00a0 Obtener, recopilar, clasificar, organizar y archivar toda la documentaci\u00f3n relacionada con las violaciones de los derechos humanos y el accionar del terrorismo de Estado, ocurridas en el \u00e1mbito de la Provincia de C\u00f3rdoba;\nb)\u00a0\u00a0\u00a0 Garantizar el acceso a toda la documentaci\u00f3n obrante en el archivo, a simple solicitud de cualquier persona que acredite su inter\u00e9s leg\u00edtimo;\nc)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Establecer, con los elementos obtenidos, un museo y espacio de la memoria, arbitrando los medios conducentes a su preservaci\u00f3n y resguardo;\nd)\u00a0\u00a0\u00a0 Promover la cooperaci\u00f3n y el intercambio de conocimientos e informaci\u00f3n con organismos p\u00fablicos o privados que tengan actividades afines, sobre aspectos relacionados con el objeto del archivo y el esp\u00edritu de la presente normativa, y\ne)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Suscribir convenios con organismos estatales -municipales, provinciales, nacionales e internacionales-, universidades, organizaciones no gubernamentales y agencias de cooperaci\u00f3n internacional, que persigan objetivos afines o compatibles con el esp\u00edritu de la presente Ley.\n\u00a0\nCap\u00edtulo II\n\u00a0\nDe las Autoridades\n\u00a0\nArt\u00edculo 5\u00ba.- Direcci\u00f3n. EL ARCHIVO PROVINCIAL DE LA MEMORIA estar\u00e1 a cargo de un Director, que ser\u00e1 designado por el Poder Ejecutivo Provincial a propuesta de la Comisi\u00f3n creada en el art\u00edculo 8\u00ba de la presente Ley.\n\u00a0\nArt\u00edculo 6\u00ba.- Atribuciones.SON atribuciones del Director o del funcionario o funcionarios en quien \u00e9ste delegue las mismas:\n\u00a0\na)\u00a0\u00a0\u00a0 Tener acceso directo, para los fines y objetivos de la presente Ley, a los archivos de los organismos integrantes de la administraci\u00f3n centralizada y descentralizada del Poder Ejecutivo Provincial, incluyendo las Fuerzas de Seguridad;\nb)\u00a0\u00a0\u00a0 Requerir directamente a dichos organismos informaciones, testimonios y documentos sobre la materia de esta Ley, obrantes en sus archivos, los que deber\u00e1n cumplimentarse en el t\u00e9rmino que se fije en el requerimiento y conforme a las normas legales en vigencia;\nc)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Centralizar en el \u00e1mbito provincial los archivos existentes en esta materia, incluidos los archivos de la CONADEP y los de la Secretar\u00eda de Derechos Humanos del \u00e1mbito Ministerial\u00a0 de Justicia del Poder Ejecutivo Provincial;\nd)\u00a0\u00a0\u00a0 Recibir nuevas informaciones, testimonios y documentos relativos a la materia de la presente Ley;\ne)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Invitar a las municipalidades y comunas de la Provincia de C\u00f3rdoba a colaborar con el ARCHIVO PROVINCIAL DE LA MEMORIA, mediante la celebraci\u00f3n de convenios tendientes a facilitar el cumplimiento de los fines y objetivos de la presente Ley en sus respectivas jurisdicciones;\nf)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Invitar al Poder Judicial Federal y Provincial, al Ministerio P\u00fablico, al Defensor del Pueblo, a los organismos descentralizados y a los organismos de contralor, a colaborar con el ARCHIVO PROVINCIAL DE LA MEMORIA, a fin de facilitar el cumplimiento de los fines y objetivos previstos en la presente Ley;\ng)\u00a0\u00a0\u00a0 Dirigirse a los gobiernos de provincias, de pa\u00edses extranjeros, y a organizaciones internacionales, para requerir la comunicaci\u00f3n de informaciones, testimonios y documentos sobre la materia de esta Ley, como as\u00ed tambi\u00e9n solicitar la nominaci\u00f3n del ARCHIVO PROVINCIAL DE LA MEMORIA para programas regionales, nacionales e internacionales de archivo y memoria;\nh)\u00a0\u00a0\u00a0 Requerir, por los canales correspondientes, las informaciones pertinentes para los fines y objetivos de esta Ley, que pudieran obrar en los archivos de INTERPOL;\ni)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Dirigirse directamente a organismos no gubernamentales, tales como organismos de derechos humanos nacionales e internacionales, iglesias, asociaciones profesionales, acad\u00e9micas, estudiantiles, sindicatos y otras similares solicitando su colaboraci\u00f3n para cumplimentar los fines y objetivos de la presente norma;\nj)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Dirigirse a cementerios, hospitales, cl\u00ednicas y establecimientos similares para cumplimentar los fines y objetivos de esta Ley;\nk)\u00a0\u00a0\u00a0 Coordinar acciones con el Archivo Nacional de la Memoria;\nl)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Celebrar convenios con universidades y otras entidades p\u00fablicas o privadas para el cumplimiento de los fines y objetivos previstos en esta norma, incluidas las consultor\u00edas necesarias en materia de investigaci\u00f3n y metodolog\u00eda;\nm) Adoptar todas las medidas organizativas, t\u00e9cnicas y metodol\u00f3gicas necesarias para el cumplimiento de los fines y objetivos de la presente Ley, incluida la adquisici\u00f3n del equipamiento necesario -hardware y software- y la formaci\u00f3n y perfeccionamiento del personal t\u00e9cnico, y\nn)\u00a0\u00a0\u00a0 Crear un Registro de personas que en raz\u00f3n de sentencia judicial hayan sido condenadas por delitos de lesa humanidad en el marco del terrorismo de Estado.\n\u00a0\nArt\u00edculo 7\u00ba.- Organismos P\u00fablicos. Obligaciones. SIN perjuicio de las atribuciones se\u00f1aladas en el art\u00edculo 6\u00ba de la presente Ley, los organismos dependientes de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Provincial, incluyendo las Fuerzas de Seguridad, deber\u00e1n remitir al ARCHIVO PROVINCIAL DE LA MEMORIA, los antecedentes documentales pertinentes que obren en su poder, sin necesidad de requerimiento expreso de \u00e9ste y en cuanto tomen conocimiento o adviertan sobre su existencia.\n\u00a0\nT\u00cdTULO II\n\u00a0\nCOMISI\u00d3N PROVINCIAL DE LA MEMORIA\n\u00a0\nCap\u00edtulo \u00danico\n\u00a0\nDe la Comisi\u00f3n\n\u00a0\nArt\u00edculo 8\u00ba.- Creaci\u00f3n. CR\u00c9ASE,con car\u00e1cter permanente,la COMISI\u00d3N PROVINCIAL DE LA MEMORIA a fin de asesorar, ejecutar,\u00a0 garantizar y velar por el cumplimiento de los objetivos y atribuciones establecidos en la presente Ley.\n\u00a0\nArt\u00edculo 9\u00ba.- Integraci\u00f3n. LA COMISI\u00d3N PROVINCIAL DE LA MEMORIA\u00a0 se integrar\u00e1 con los siguientes representantes:\n\u00a0\na)\u00a0\u00a0\u00a0 De las organizaciones de Derechos Humanos de la Provincia, con reconocida trayectoria en la preservaci\u00f3n de la memoria de las violaciones a los derechos humanos por parte del terrorismo de Estado, tengan o no personer\u00eda jur\u00eddica;\nb)\u00a0\u00a0\u00a0 Del Poder Ejecutivo Provincial;\nc)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Del Poder Legislativo Provincial;\nd)\u00a0\u00a0\u00a0 Del Poder Judicial de la Provincia de C\u00f3rdoba, y\ne)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Del \u00e1mbito institucional universitario, relacionado con la defensa y vigencia de los derechos humanos.\n\u00a0\nSe elegir\u00e1n igual n\u00famero de miembros suplentes quienes ser\u00e1n convocados, de ser necesario, en el orden en que fueron designados.\n\u00a0\nArt\u00edculo 10.- Funciones.\u00a0SON funciones de la COMISI\u00d3N PROVINCIAL DE LA MEMORIA, entre otras, las siguientes:\n\u00a0\na)\u00a0\u00a0\u00a0 Dictar su propio Reglamento Interno;\nb)\u00a0\u00a0\u00a0 Aprobar el Estatuto del ARCHIVO PROVINCIAL DE LA MEMORIA;\nc)\u00a0\u00a0\u00a0 Elaborar, de acuerdo con las directivas para la salvaguardia del patrimonio documental de la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas para la Educaci\u00f3n, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), el plan de gesti\u00f3n del ARCHIVO PROVINCIAL DE LA MEMORIA, conforme al cual se organizar\u00e1n y preservar\u00e1n los archivos e instalaciones y se establecer\u00e1n las pautas para su utilizaci\u00f3n, y\nd)\u00a0\u00a0\u00a0 Aceptar o rechazar subvenciones, donaciones, legados, herencias u otros aportes.\n\u00a0\nArt\u00edculo 11.- Recursos.\u00a0LA COMISI\u00d3N PROVINCIAL DE LA MEMORIA, dispondr\u00e1 para su funcionamiento de los siguientes recursos:\n\u00a0\na)\u00a0\u00a0\u00a0 Los montos que el Presupuesto General de la Provincia le asigne anualmente;\nb)\u00a0\u00a0\u00a0 Las subvenciones, donaciones y legados que se reciban de personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas -p\u00fablicas o privadas-, destinadas a cumplir con los objetivos establecidos en la presente Ley;\nc)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Los intereses devengados por la inversi\u00f3n de dinero correspondiente a este organismo;\nd)\u00a0\u00a0\u00a0 Todo arancel cobrado por aplicaci\u00f3n de la presente Ley, de acuerdo a su reglamentaci\u00f3n, y\ne)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Los aportes provenientes de Organizaciones No Gubernamentales, nacionales o extranjeras, que tengan afectaci\u00f3n a la ejecuci\u00f3n de proyectos o programas especiales, afines a los objetivos de la presente Ley.\n\u00a0\n\u00a0\nT\u00cdTULO III\n\u00a0\nDISPOSICIONES GENERALES\n\u00a0\nCap\u00edtulo \u00danico\n\u00a0\nArt\u00edculo 12.- Comisi\u00f3n. Conformaci\u00f3n. LA COMISI\u00d3N PROVINCIAL DE LA MEMORIA deber\u00e1 quedar conformada dentro de los noventa (90) d\u00edas a partir de la promulgaci\u00f3n de la presente Ley.\n\u00a0\nArt\u00edculo 13.- Asignaci\u00f3n presupuestaria. EL Poder Ejecutivo Provincial arbitrar\u00e1 los medios conducentes para reasignar los recursos presupuestarios necesarios para el cumplimiento de la presente Ley.\n\u00a0\nArt\u00edculo 14.- Adhesi\u00f3n. ADHI\u00c9RESE al marco normativo que regula la creaci\u00f3n del Archivo Nacional de la Memoria mediante Decreto del Poder Ejecutivo Nacional No 1259\/2003.\n\u00a0\nArt\u00edculo 15.- Vigencia.\u00a0LA presente Ley entrar\u00e1 en vigencia el d\u00eda de su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial de la Provincia de C\u00f3rdoba.\n\u00a0\nArt\u00edculo 16.- COMUN\u00cdQUESE\u00a0al Poder Ejecutivo Provincial.\n\u00a0\n\u00a0\nDADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE C\u00d3RDOBA, A LOS VEINTID\u00d3S D\u00cdAS DEL MES DE MARZO DEL A\u00d1O DOS MIL SEIS.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -\u00a0\n\u00a0\n\u00a0\n\u00a0\nGUILLERMO ARIAS\nSECRETARIO LEGISLATIVO, \u00a0LEGISLATURA PROVINCIA DE C\u00d3RDOBA\u00a0\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0\nJUAN SCHIARETTI\nVICEGOBERNADOR,\u00a0PRESIDENTE\u00a0LEGISLATURA PROVINCIA DE C\u00d3RDOBA\n\n\n\n\u00a0\n\n\n\n\n\n\n\n\u00a0 "}]}